Publicación del Plan Especial Clubs y Asociaciones de consumidores de Cannabis
Desde el Ayuntamiento de Barcelona se nos hace llegar el anuncio de aprobación definitiva del Plan Especial Urbanístico para la ordenación territorial de los clubes y asociaciones de consumidores de cannabis en la Ciudad de Barcelona.
El Plan establece:
Distancias mínimas entre locales y usos protegidos:
- Cascos antiguos: 150 m
- Resto ciudad: 100 m
Usos protegidos: ámbito de parcela calificado de 7 o vivienda dotacional, parcela de centros docentes de educación obligatoria y centros de atención a drogodependientes.
Para medir las distancias: de fachada a fachada de acuerdo con la Ordenanza de pública concurrencia.
Condiciones del local:
- Superficie máxima del local 200 m2
- Planta baja, acceso directo desde la vía público
- Doble puerta
- Chimenea
Los que no cumplen distancia – disconformes: se pueden mantener y cambiar de titularidad
Los existentes disponen de 18 meses para la adaptación a los puntos cyd, si no cumplen quedan fuera de ordenación y deben cerrar.
Disposición adicional
Son existentes:
- Certificado de aprovechamiento urbanístico + EAC
- Tramitación con EAC + fecha de visita
El programa hará dos preguntas:
- Superficie total?
- Actividad existente en la disposición adicional del Plan?
Posibles respuestas:
- S
- S> 200 m2 + Actividad existente en el plano = S ADMITIDA
- S> 200m2 + actividad existente en el plano = N NO ADMITIDA: actividad no cumple parámetros
En los casos de los nuevos para la admisión del comunicado, la condición será aportar informe previo plan usos, para tener condiciones de distancia a otras actividades ya usos protegidos (punto 10.2 de la Instrucción de alcaldía para la aplicación de la OMAIA con la entrada en vigor de la ley 20/2009)
En el caso de existentes, de acuerdo con la disposición adicional, deberán aportar declaración responsable conforme están a disposición.
Puede acceder al documento completo haciendo clic aquí.