Normas para la Constitución o Devolución de la garantía por gestión de residuos
Se han actualizado las normas para la adecuada Constitución y Devolución de la garantía por gestión de residuos según la Orden 2726/2009, de 16 de julio de la Consejería de Medio ambiente, Vivienda y ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid expuesta en el BOCM núm. 186 de 7 de agosto de 2009.
A continuación resumiremos las principales normas para la Devolución o Constitución de la garantía. Para más información, podéis consultar la información completa en el siguiente link: Constitución y Devolución de la garantía por gestión de residuos.
Devolución del aval:
- Instancia General solicitando devolución del importe del aval de gestión de residuos.
- Certificado de entrega de residuos a gestor de almacenamiento o punto limpio del Ayuntamiento, y clasificación, sellado y expedido por empresa debidamente autorizado por la Comunidad Autónoma de Madrid.
- Mandamiento de ingreso no presupuestario – carta de pago facilitada al depositar el aval.
- Original del Documento “T” de alta de pago por transferencia. Si se ha depositado el aval, se aportará la copia del aval y no el documento “T”.
Constitución de la Garantía:
- Ingreso en metálico en la Caja de la Tesorería del Ayuntamiento de Madrid, siempre que sea un importe inferior a 2.500€.
- Aval bancario emitido, por bancos oficiales o privados.
- Certificado de seguros emitido por entidad aseguradora.
- Cheque bancario o Talón conformado.
Para cualquier duda, en Addient, como Entidad Colaboradora Urbanística de la ciudad de Madrid, estaremos encantados de ayudar en todo lo posible. Cuenta con nosotros!