MEDIOAMBIENTALES
Publicado el 29/10/2021
ANÁLISIS DE RIESGOS MEDIOAMBIENTALES (ARMA)
El pasado 16 de octubre se cumplió la fecha límite para la constitución de la garantía financiera obligatoria para las actividades del anexo III de la Ley 26/2007, de Responsabilidad Medioambiental, clasificadas como nivel de prioridad 3, mediante la Orden APM/1040/2017, de 23 de octubre. Se excluyen las actividades de cría intensiva de aves de corral o de cerdos para las cuales el plazo es antes del 16 de octubre del 2022.
No obstante, toda actividad que cause daños medioambientales es responsable de los mismos, por lo que deben tomar las medidas preventivas o reparadoras necesarias así como sufragar todos los costes relacionados. Esto está basado en el principio de “quien contamina paga” regulado por la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
Por ello, tanto si vuestra actividad se encuentra dentro o fuera del listado de actividades obligadas a constituir la garantía financiera obligatoria prevista en el artículo 24 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental, es recomendable realizar un análisis de riesgos medioambientales de vuestra actividad profesional para evaluar el alcance y la cobertura de la póliza medioambiental que se tenga contratada.
Addient, como empresa especializada en inspección y control, puede realizar dicho análisis de riesgos medioambientales, por lo que nuestro equipo técnico, que suma su alta cualificación a nuestra gran experiencia en el sector, se pone a vuestra disposición para atender las peticiones para este tipo de actuaciones que podáis requerir.