Seguridad Industrial RIPCI
Publicado el 14/02/2022
A partir del 1 de julio, nuevos requisitos en seguridad industrial y protección contra incendios RIPCI
El 28 de abril de 2021 se publicaba en el BOE el Real decreto 298/2021 que modifica distintas normativas sobre seguridad industrial. Además actualiza el Reglamento de Instalaciones de protección contra incendios, RIPCI. Las exigencias afectan también a instaladoras de baja y alta tensión y conservadoras de ascensores, etc. El plazo para adaptarse a los cambios finaliza el 1 de julio de 2022.
El pasado 28 de abril de 2021 se publicaba en el BOE el Real decreto 298/2021 que modifica doce artículos y distintas normativas en materia de seguridad industrial. El decreto, además, actualiza el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios, RIPCI. Las nuevas exigencias afectan a las empresas instaladoras de baja y alta tensión y empresa conservadoras de ascensores, entre otras. Aunque la norma entraba en vigor el 1 de julio de 2021, las empresas afectadas cuentan con el plazo de un año para adaptarse a las nuevas exigencias. Este periodo de adaptación concluye el próximo 1 de julio de 2022.
Addient, como Organismo de Control Autorizado y entidad acreditada en Inspección RIPCI e inspecciones contra incendios (PCI), puede ayudar a las empresas a revisar la correcta actualización de las normas y adaptación a estos requisitos, así como al nuevo régimen de inspecciones.
Sectores afectados por la nueva norma de seguridad industrial:
- Empresas instaladoras de Baja tensión
- Empresas instaladoras de Alta tensión
- Empresas Instaladoras de aparatos de elevación y manutención referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones
- Empresas conservadoras. Aparatos de elevación y manutención referente a grúas móviles autopropulsadas.
- Instaladores o reparadores y empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidos (P.P.L.)
- Instaladores y empresas instaladoras de gas.
- Conservador y Empresas conservadoras de ascensores
- Modificaciones del Reglamento de Instalaciones Protección contra incendios (RIPCI)
Modficaciones en el RIPCI
El Real Decreto modifican los artículos 10.1, 11.2, 15.1, 16.2 y el Anexo III del Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios RIPCI R.D. 513/2017. La normativa añade un nuevo Anexo IV sobre «los conocimientos mínimos necesarios para los operarios cualificados de protección contra incendios".
El Real Decreto establece que: “Las empresas habilitadas a la fecha de entrada en vigor del presente Real Decreto podrán seguir realizando la actividad objeto de habilitación sin que deban presentar la declaración responsable regulada en los reales decretos modificados por este real decreto. No obstante, dispondrán de un año, desde la entrada en vigor del presente real decreto, para adaptarse a las condiciones y requisitos establecidos en las modificaciones”.
Principales modificaciones del RIPCI
- Para las empresas instaladoras se abre la posibilidad de contratar un seguro de responsabilidad civil profesional, o garantía equivalente, cuya cantidad mínima exigida sería de 800.000 euros.
- Se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013. Así se modifica la Directiva 2005/36/ CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales según el Reglamento de la Unión Europea.
- Las empresas mantenedoras deben contar con los medios humanos necesarios para realizar su actividad en condiciones de seguridad (detallado en el anexo III del nuevo reglamento).
- La empresa mantenedora deberá disponer de la documentación que acredite la capacitación del personal afectado, de acuerdo con la normativa del país de establecimiento y conforme a lo previsto en la normativa de la Unión Europea sobre reconocimiento de cualificaciones profesionales, aplicada en España mediante el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio.
- Sobre los anexos del RIPCI, destacar los referidos a los medios humamos mínimos de las empresas instaladoras y mantenedoras de equipos y sistemas de protección contra incendios. Para la figura del Responsable Técnico se especifica que debe tener un contrato a tiempo completo y ser personal laboral de la propia empresa. También prevé que si se trata de una sociedad, el título lo tenga uno de los socios que trabaje a jornada completa en la empresa o si es un autónomo, que la titulación la ostente el autónomo titular.
- Destacar el anexo que hace referencia a los conocimientos mínimos de que deben disponer los operarios cualificados de protección contra incendios. Se exige el aprovechamiento de curso de formación que incluya los contenidos mínimos que se indican en el Anexo IV del Reglamento.
Addient, acreditaciones en seguridad industrial (OCA) y RIPCI
Addient, entidad acreditada, pone su experiencia al servicio de las empresas instaladoras como Organismo de Control Autorizado OCA a nivel nacional en el ámbito de la seguridad industrial contra incendios. De este modo, estas empresas podrán garantizar, a partir de 1 de julio de 2022, su plena adaptación a las nuevas normativas en materia de seguridad industrial.
También podrán garantizar su seguimiento de las inspecciones periódicas necesarias en protección contra incendios, inspecciones RIPCI y también validación prestacional. Contáctanos sin compromiso